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Preguntas frecuentes sobre EB-5

¿Puedo viajar fuera de los EE. UU. por períodos prolongados después de obtener mi tarjeta de residencia?

La ley de inmigración estadounidense generalmente espera que los titulares de la Tarjeta Verde vivan en los Estados Unidos de forma permanente. Los inversionistas EB-5 que son Residentes Permanentes Condicionales (CPR) o Residentes Permanentes Legales (LPR) pueden viajar al extranjero libremente, pero las ausencias prolongadas pueden poner en peligro su estatus. Los viajes breves generalmente no afectan el estatus CPR o LPR, pero permanecer fuera de los EE. UU. durante más de un año puede llevar a suponer que los EE. UU. no son el hogar permanente de la persona, con el riesgo de perder su estatus de residente permanente. Para determinar la intención de residir permanentemente en los EE. UU., se consideran factores como mantener vínculos familiares en los EE. UU., empleo, declarar impuestos como residente, tener una dirección postal en los EE. UU., cuentas bancarias, licencia de conducir, poseer una propiedad o administrar un negocio en los EE. UU. A NOSOTROS

 

Una buena regla general es intentar permanecer en Estados Unidos al menos la mitad de cada año. Las ausencias prolongadas, particularmente aquellas de más de seis meses, también pueden alterar el requisito de residencia continua para la naturalización.

 

Para ausencias de más de un año, los residentes permanentes deben obtener un permiso de reingreso utilizando el Formulario I-131, que ayuda a demostrar la intención de vivir permanentemente en los EE. UU. al regresar, pero no garantiza la entrada.

 

Para esta inquietud y todas las demás preguntas sobre inmigración, Houston EB5 lo alienta a hablar con su abogado de inmigración.